Fray Mamerto Esquiú se adhiere al Decreto S Seg N°1630/2020 con las siguientes medidas
Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio. Restricción de circulación en el horario de 20:00 a 7:00 hs., con excepción del personal autorizado. Todas las actividades y servicios habilitadas antes del regreso a Fase 1, podrán retomar sus actividades con el cumplimiento de los respectivos protocolos. Autorizar la venta de bebidas alcohólicas.
Se mantendrán prohibidas las siguientes actividades: eventos culturales y recreativos en espacios públicos o privados; eventos y/o reuniones sociales, cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente; práctica de cualquier actividad física de contacto, o en grupo de más de tres personas.