Nuevas actividades exceptuadas en el marco del ASPO

El gobernador Raúl Jalil decretó nuevas excepciones para actividades en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. Mediante el decreto 1143 del 6 de julio de 2020,

El mandatario exceptuó las siguientes actividades:

  • Personal afectado a la obra pública

  • Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágenes, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.

  • Venta de mercadería de comercios minoristas, a través de platafomas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, y únicamente mediante delivery.

  • Actividad industrial

  • Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga como imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Actividades ya exceptuadas en el marco del ASPO

  • Servicios de comunicación audiovisual, radiales y gráficos;

  • Actividad Bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales;

  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria;

  • Provisión de garrafas;

  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, niñas y adolescentes;

  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos;

  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales;

  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias;

  • Servicios postales, distribución de paquetería y transporte de mercaderías;

  • Veterinarias;

  • Ferreterías;

  • Delivery de alimentos; medicamentos; productos de higiene; de limpieza y otros insumos de necesidad; repuestos, partes y piezas de vehículos;

  • Servicios de lavandería;

  • Servicios esenciales de mantenimiento, vigilancia, limpieza y guardia;

  • Actividad minera;

  • Actividad registral, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de la Provincia y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas

  • Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

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